El Gobierno de la Comunidad de Madrid impulsa una ley que impide la inspección y vigilancia en montes de propiedad privada

Medio natural y Forestal.

La Ley 3/2007 de Medidas Urgentes de Modernización del Gobierno y la Administración de la Comunidad de Madrid fue aprobada el 25 de julio en la Asamblea Regional. En su artículo 9, la polémica norma dice: “Los agentes forestales requerirán de autorización judicial para acceder a montes o terrenos forestales de titularidad privada, salvo que el acceso se produzca con ocasión de la extinción de incendios forestales”. La nueva ley, única en todo el territorio del Estado, deja patente una forma de gobernar que no busca el interés general sino el de unos pocos

Con esta medida la impunidad puede ser la norma a seguir en el 74% de los montes de la región, pues no se realizará ningún control efectivo sobre captaciones de agua, vertido de residuos, quemas incontroladas, eliminación de fauna, uso de venenos en cotos de caza, talas de arbolado y construcciones ilegales, entre otras. El principio de precaución y prevención decae y se apuesta por políticas de hechos consumados.

Uno de los argumentos esgrimidos de forma sibilina por parte de la presidenta de la Comunidad Autónoma de Madrid, Esperanza Aguirre, ha sido intentar equiparar monte y propiedad privada a domicilio, tratando de esta forma de confundir a la ciudadanía.

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Dos autos judiciales emitidos tras sendas peticiones hechas por agentes pusieron las cosas claras, pues indicaron que los terrenos privados no son lugares cerrados ni domicilios, basándose en lo recogido en el artículo 18 de la Constitución Española, lo que puso de manifiesto la inaplicabilidad de ley 3/2007. Resultado: centenares de peticiones están “esperando” en la Dirección General de Servicios Jurídicos.

Cristina Narbona, ministra de Medio Ambiente, interpuso el pasado 29 de octubre un recurso ante el Tribunal Constitucional contra la norma de Aguirre. Entendía la ministra que la Ley 3/2007, autonómica, chocaba frontalmente con la Ley 43/2003 de Montes, estatal, que no sólo asigna a los agentes forestales la condición de agentes de la autoridad, sino también la de policía judicial genérica. A petición del Gobierno, y desde el momento en que el recurso fue admitido a trámite, el Tribunal Constitucional suspendió de formar cautelar el polémico
artículo 9.

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La última iniciativa de la Coordinadora de Agentes Forestales de CCOO ha sido enviar una carta a los partidos que concurrían a las pasadas elecciones generales del 9 de marzo, en la que les reclamaba una ley de carácter básico que asegure y garantice sus funciones. “Nuestra sociedad –señalaba el escrito enviado a las fuerzas políticas– enfrenta grandes retos en lo ambiental, destacando como elementos más importantes el cambio climático, la lucha contra la desertificación, la pérdida de biodiversidad y la explotación abusiva de los recursos naturales, y es en este ámbito donde los Cuerpos de Agentes Forestales se constituyen en pieza clave, por la importante labor que realizan, para garantizar la preservación del medio ambiente y evitar daños contra la salud pública y los recursos naturales”.

Francisco Javier Cabezos
fjcabezos@fsap.CCOO.es

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