Tirón de orejas de Europa a España por la contaminación

El Tribunal de Justicia de la UE condena al Estado español por el incumplimiento de la directiva IPPC.

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha condenado1 a España por incumplimiento de la directiva de prevención y control integrado de la contaminación (IPPC), al no haber otorgado la Autorización Ambiental Integrada (AAI) a las instalaciones existentes en el plazo establecido.

En su fallo, el Tribunal desestima, uno por uno, los argumentos esgrimidos por el Estado español para justificar el incumplimiento del plazo.

Conviene resaltar lo siguiente del texto de la sentencia:

El TJUE le recuerda a España que sólo una ejecución completa y total de las obligaciones de la directiva permite cumplir el objetivo de alcanzar un nivel elevado de protección del medio ambiente considerado en su conjunto. Dado que había otorgado la AAI al 88% de las instalaciones existentes2, el Estado apelaba a que esta cifra permitía alcanzar el nivel elevado de protección que establece la IPPC.

Asimismo, el TJUE manifiesta que un Estado no puede alegar disposiciones, prácticas ni circunstancias de su ordenamiento jurídico interno para justificar el incumplimiento de la norma. España aludía a que las competencias para otorgar las AAI corresponden a las comunidades autónomas, y ello implica procedimientos administrativos largos y complejos, lo que ha ocasionado el incumplimiento del plazo establecido.

Por último, el Tribunal le recuerda a España que no puede justificar su incumplimiento en el hecho de que haya otros Estados miembros que también incumplan las obligaciones impuestas por la normativa.

No obstante, el incumplimiento del plazo para otorgar la AAI no debe hacer pasar por alto otros hechos relacionados con la aplicación en España del procedimiento de autorización establecido en la IPPC y que incluso tienen mayor importancia:

  • Insuficientes recursos humanos y técnicos de la Administración para acometer un procedimiento complejo, tanto técnico como jurídico, como el que implica la IPPC.
  • Deficiente repercusión de las Mejores Técnicas Disponibles en los condicionados ambientales impuestos en la AAI, como lo demuestra el hecho de que los valores límites de emisión han sido determinados, en muchos casos, a partir de la legislación sectorial vigente.

Publicados en el registro PRTR los datos del año 2009

El pasado 15 de noviembre, el Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino publicó los datos de emisiones y transferencia de residuos correspondientes al año 2009 de las instalaciones incluidas en el Registro Estatal de Emisiones y Fuentes Contaminantes (PRTR-España).

El registro ofrece información acerca de las emisiones anuales a la atmósfera, al agua y al suelo y las transferencias de residuos peligrosos y no peligrosos3 generados por los complejos y actividades industriales afectados por la directiva IPPC, así como de otra serie de sectores y actividades no cubiertos por esta normativa4. El número de instalaciones con declaración pública ha descendido un 6% respecto del año 2008, pasando de 3541 a 3321.

Acceso al registro PRTR: www.prtr-es.es

CCOO pide el reconocimiento de la figura del delegado de medio ambiente en el X Congreso Nacional del Medio Ambiente (Conama )

CCOO pidió en la sesión plenaria del Grupo de Trabajo Actividades industriales y autorización ambiental integrada, celebrada en el marco del X Congreso Nacional del Medio Ambiente, el reconocimiento de la figura del delegado de medio ambiente. En un documento elaborado conjuntamente con UGT y presentado en una de las mesas redondas, se puso de manifiesto la importancia de la participación de los trabajadores y sus representantes para promover la mejora ambiental de los centros de trabajo y la necesidad de reconocer y explicitar esta participación a través del reconocimiento legal de la figura mencionada. En la línea de esta reivindicación, se leyó la resolución del Parlamento Europeo del pasado mes de septiembre, donde se insta al reconocimiento de la participación de los representantes de los trabajadores en las cuestiones ambientales de los centros de trabajo5.

Antonio Ferrer Márquez
Grupo de Producción Limpia y Medio Natural de ISTAS

1. Ver sentencia del Tribunal de Justicia de 18 de noviembre de 2010.

2. Este porcentaje se refiere al momento en el que expiró el plazo dado por la Comisión Europea en su último requerimiento (diciembre de 2008), ya que es este plazo límite el que se considera antes de presentar el asunto ante el Tribunal de Justicia. Si se tuviera en cuenta el plazo establecido en la directiva IPPC (30 de octubre de 2007) el porcentaje de instalaciones con la AAI concedida no alcanzaba el 80%.

3. Para que esta información figure en el registro es necesario que los datos de emisiones y transferencias de residuos superen unas determinadas cantidades. Es lo que se conoce como umbrales de notificación.

4. Régimen de aplicación establecido en el Real Decreto 508/2007, anexos I (actividades industriales sobre las que hay que informar), II (emisiones de sustancias y medios sobre los que hay que informar).

5. Resolución del Parlamento Europeo, de 7 de septiembre de 2010, sobre el desarrollo del potencial de creación de empleo de una nueva economía sostenible.

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