Una nueva norma reordena las primas a las renovables

El régimen especial de producción de energía eléctrica incluye la cogeneración y las energías renovables. Ya desde hace años se ha venido regulando su conexión a red y se ha ido fijado el régimen económico para estas actividades empresariales. El pasado 12 de marzo, se aprobó el Real Decreto 436/2004, por el que se establece la metodología para la actualización y sistematización del régimen jurídico y económico de la actividad de producción de energía eléctrica en régimen especial. El Real Decreto ha introducido algunas modificaciones en este régimen, que en el futuro deberá seguir evolucionando y dando señales para el desarrollo empresarial de las energías limpias.

Las empresas directamente afectadas por esta revisión de la normativa han efectuado comentarios a favor en algunos casos, o en contra en otros. Las variaciones son pequeñas en lo que se refiere a tarifas, pero se abre el camino hacia el mercado abierto en las renovables mayores, eólica en particular. Es previsible que en el futuro hayan de ser más significativas, sobre todo en aspectos técnicos. Las organizaciones sociales debieran ser consultadas al respecto, dado su compromiso a favor de las energías renovables y de la cogeneración.

Hoy, el objetivo fundamental debería ser cumplir con Kioto y, sobre todo, con el “Post Kioto”, es decir, con la previsible reducción de emisiones que habrá que realizar a partir de 2012. En este escenario las inversiones al respecto deberían incrementarse sensiblemente y para ello es preciso disponer de un marco regulatorio a largo plazo. En el RD 436/2004 los apoyos a las renovables quedan de la siguiente manera:

ENERGÍA EÓLICA

La energía eólica es la gran opción de las renovables. Hoy significa casi el 6% de la electricidad que consumimos. Pero se debería incrementar aún más. La eólica marina debe llegar a ser una realidad industrial, tal como avanza en otros países europeos, pero precisa más inversión que la terrestre. Esto permitiría promover actividad industrial en las zonas de astilleros donde la eólica marina es una alternativa.

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La nueva normativa plantea una reducción de las primas según avanza el tiempo de operación de los parques. Este planteamiento concuerda con el esquema de flujo de caja que tiene este negocio; adicionalmente, obliga a preocuparse por gestionar la vida de los parques, y a mejorar la calidad técnica del proyecto. La prima en los primeros años de vida de la instalación todavía no facilita el desarrollo de la eólica marina, es pues un tema pendiente.

La introducción de una nueva forma alternativa de configurar la tarifa, dando posibilidad a valorar la electricidad a partir del resultado de la subasta diaria en el mercado mayorista, abre una vía hacia la puesta de las renovables en paralelo a la situación de liberalización que tienen las energías convencionales. Algunas empresas piensan que esto es positivo, otras, las pequeñas, se sienten preocupadas.

BIOMASA

Es un gran tema pendiente. La biomasa debiera analizarse de forma diferenciada, proyecto a proyecto, ya que la gestión y el coste del combustible es muy distinta en cada caso. Esto no se contempla prácticamente en la normativa, y es un tema a reflexionar, ya que hoy sólo avanzan los proyectos con biomasa residual concentrada y de muy bajo coste de gestión.

SOLAR TERMOELÉCTRICA

Hoy es una actividad que no se desarrolla, tiene un tratamiento de primas sensiblemente superior a las de la energía eólica, pero parece insuficiente. Hay algunos proyectos en ciernes, y parece que habría que dar nuevos impulsos, al menos para conseguir ver en operación las primeras instalaciones de demostración. La próxima década debiera ser la del desarrollo industrial firme.

SOLAR FOTOVOLTAICA

En la nueva normativa aparece la posibilidad de incluir plantas de hasta 100 kW en el régimen de primas superior, antes sólo se daba la prima de mayor cuantía a las instalaciones de 5 kW. Esto es un avance hacia lo que debiera ser una realidad de futuro, las plantas multipropiedad de muchos ciudadanos, con inversiones individuales pequeñas, asumibles por la situación económica de un amplio sector de la población. Veamos como respondemos, si ello sirve para que invirtamos como lo hacen los ciudadanos alemanes, por ejemplo, aunque cada caso sea socialmente distinto.

Emilio Menéndez Pérez
Profesor Honorífico de la UAM y la UPM. Colaborador de organizaciones sociales

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