La negociación colectiva da muy buenos frutos para el medio ambiente

Frente a la percepción generalizada de la pobreza de la negociación colectiva, a partir de un estudio de ISTAS, llegamos a la conclusión de que hay muchas y muy buenas cláusulas no sólo sobre salud laboral, sino también sobre medio ambiente en la negociación colectiva.

En los convenios colectivos vigentes en España hay algunas cláusulas que mejoran la normativa vigente de manera positiva y eficaz, tanto impulsando la adopción de métodos de producción más respetuosos con el medio ambiente como facilitando el control social de la actuación ambiental de las empresas.

Estas son las conclusiones que se extraen de un amplio estudio llevado a cabo por ISTAS sobre la negociación colectiva, en el que se han rastreado y recopilado todas las buenas cláusulas de salud laboral y medio ambiente presentes en los textos de los convenios colectivos laborales vigentes.

En materia de medio ambiente, el primer objetivo de la negociación colectiva es siempre la inclusión de algún tipo de cláusula, aun muy genérica, referida al medio ambiente, pues su mera presencia en el convenio viene implícitamente a reconocer la legitimación de los trabajadores y de sus representantes para debatir la política y actuación ambiental de la empresa.

A continuación se situaría el objetivo de reforzar las posibilidades de intervención para disminuir el impacto ambiental de la actividad productiva. Esto supone que los trabajadores y sus representantes sean interlocutores reconocidos, tengan además derechos reconocidos a la formación y a la información y ostenten competencias de acuerdo al derecho laboral.

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Aquí hay una pequeña selección de las buenas cláusulas encontradas. Son excelentes ideas para que cada negociador o negociadora de CC.OO. las intente introducir en su convenio, copiándolas materialmente o adaptándolas.

Telefónica España S.A.U. cc 9004942 de 12 de junio de 2001
Cláusula 10. Prevención de riesgos laborales, salud laboral y medio ambiente

El proyecto de gestión medioambiental de Telefónica de España, S.A.U. tiene por objeto incorporar criterios medioambientales en la gestión de la empresa. Para unificar la organización y garantizar la participación de los trabajadores en el proyecto, la actual Comisión de Control y Vigilancia del Medio ambiente se constituye como Equipo de Gestión Medioambiental, como la mejor vía de participación de toda la plantilla de Telefónica de España en el Sistema de Gestión Medioambiental (SGMA), manteniendo el mismo carácter y dependencia del Comité Central de Seguridad y Salud. Su principal misión será la de apoyar a la unidad coordinadora de SGMA, en la implantación del propio sistema.

Se abordarán problemáticas concretas, tales como: materiales reciclables, recogida de residuos, gasolina sin plomo, emisiones CO2, estudios de impacto ambiental, auditorías medioambientales, etc.

Fertiberia, S.A. de 17 de enero de 2002
Art. 45. Medio ambiente

  1. En cada centro de trabajo, a través de la representación de los trabajadores y sindical, se facilitará información:

    a) De las situaciones anómalas que se produzcan relacionadas con el medio ambiente, incluyendo los datos ambientales periódicos que se precisen para el análisis de dichas anomalías.
    b) De las medidas que se adopten para resolver dichas anomalías.
    c) De los acuerdos y decisiones que las autoridades competentes adopten respecto al centro de trabajo, relacionados con estos aspectos, así como los efectos y medidas a concretar en cada momento.
    d) El desarrollo legislativo autonómico, nacional y comunitario sobre medio ambiente.
  2. La representación de los trabajadores y sindical de cada centro de trabajo podrá proponer iniciativas tendentes a la mejora de la situación medioambiental, mediante variaciones en las instalaciones o en la forma de operar las mismas.

  3. Se establecerán programas de formación específica para estas materias que permitan un mejor conocimiento de los problemas medioambientales.

  4. En el Comité Intercentros de Seguridad y Salud se informará de todos estos aspectos referidos al conjunto de la empresa, así como de la política medioambiental diseñada por la empresa y de su evolución.

Bimbo, S.A. cc 9000682 de 26 de julio de 2001
Art. 43. Comité Intercentros

Con fundamento en lo previsto en el art. 63.3 del E.T. se constituye un Comité Intercentros cuyas funciones serán: …

e) Recibir información sobre las cuestiones en medio ambiente en relación con las actividades que desarrolla la empresa. En todo caso, las secciones sindicales de empresa más representativas podrán proponer cuantas medidas consideren oportunas en esta materia.

Valeria Uberti
ISTAS
Tel. 91 449 10 21
E-mail: vuberti@pv.ccoo.net 
Puedes encontrar el estudio completo en:
www.istas.net/portada/negociacion.htm

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