La apuesta de los trabajadores por el desarrollo sostenible

La amplitud y profundidad del impacto medioambiental de la actividad humana amenaza nuestro desarrollo tal como lo conocemos.

La OIT nos recuerda cada año que medio millón de trabajadores mueren anualmente por exposición a sustancias tóxicas en los lugares de trabajo, las mismas sustancias que contaminan nuestro suelo,nuestro aire,nuestros ríos y nuestros mares, deteriorando los recursos básicos que aseguran nuestro desarrollo y nuestra subsistencia.

El informe del economista Nicolas Stern sobre la economía del cambio climático nos ha advertido con crudeza de que el calentamiento global del planeta producido por la actividad humana podría provocar una caída del PIB mundial de entre 5 y 20 puntos. Eso supondría un desastre económico de enorme magnitud nunca conocido en la historia contemporánea, con unas consecuencias sociales y laborales adversas difíciles de calcular. Sin embargo, concluye el Informe Stern, bastaría con invertir el 1% del PIB mundial para mitigar el calentamiento global, impidiendo que supere los 2º C y evitando así un cambio climático demasiado brusco. Dicha inversión supone una oportunidad histórica para reorientar las relaciones entre economía, sociedad y naturaleza, de manera que cambiemos nuestro modelo de crecimiento,ambientalmente insostenible,por un modelo de desarrollo sostenible.

En este cambio, todos los sectores económicos están involucrados. Cuando hablamos de impacto medioambiental de las empresas pensamos sobre todo en las industrias, por las emisiones y vertidos de sus procesos productivos.Pero también las demás empresas del resto de sectores (servicios, comercio, agricultura, turismo y, por supuesto, administraciones públicas) consumen energía, agua y materiales, generan residuos y transportan o reciben mercancías, clientes, usuarios y trabajadores.

Si todas las empresas son de una u otra forma parte del problema, también lo son de la solución. La mejora del comportamiento ambiental de una empresa no puede limitarse a la adopción de una serie de decisiones por parte de su dirección. Requiere de muchos comportamientos individuales y colectivosen todos los ámbitos del funcionamiento, del compromiso y de las buenas prácticas de los trabajadores y del diálogo con sus representantes, porque todas estas decisiones afectan a la competitividad de la empresa, a su estabilidad y al empleo.

Ampliación de derechos
En CCOO estamos dispuestos a ejercer nuestra responsabilidad también en el campo medioambiental. Pero encontramos problemas añadidos que deberíamos poder superar. Uno de ellos es que hasta ahora la mayor parte de las empresas han considerado la gestión ambiental como un coto cerrado en el que no cabíamos los trabajadores y los sindicatos.Es sabido que para obtener derechos laborales necesitamos el reconocimiento de nuestra capacidad de negociación y de los instrumentos asociados a ella. En materia de medio ambiente no los hemos encontrado fácilmente. En parte porque cuando se ha construido el derecho laboral, a lo largo del siglo pasado, los asuntos medioambientales todavía no estaban en la agenda y, cuando en las dos últimas décadas se ha empezado a construir el derecho ambiental, se ha hecho mirando hacia su dimensión ciudadana, pero sin tener en cuenta la dimensión laboral. No obstante, las cosas empiezan a moverse también en este campo, a nivel internacional, en Europa y en España, en la normativa y en la negociación colectiva.

imagen1

En la Agenda 21 adoptada en la Conferencia de Río de 1992 se consideró que:“Los sindicatos constituyen factores esenciales para facilitar el logro del desarrollo sostenible, teniendo en cuenta su relación con los cambios industriales y la propia protección del medio laboral”. En el V y el VI Programas de Medio Ambiente de la Unión Europea se apela a la responsabilidad de los principales protagonistas (poderes públicos, empresas, trabajadores y ciudadanos), pues propugna: “Sólo es posible la consecución de un verdadero desarrollo sostenible con la participación efectiva de todos los sujetos implicados”. El principio de responsabilidad compartida establece y determina la participación de los distintos agentes sociales y colectivos en todos los órdenes y ámbitos de actuación.

La UE ha impulsado una ampliación de los derechos de información y participación pública en los asuntos medioambientales, fundamentalmente con la firma del Convenio de Aarhus de 1998 y la promulgación de varias directivas que regulan el acceso a la información en la materia: obligaciones de las administraciones públicas de permitir el acceso público a la información ambiental de que disponen, derechos a la participación y a la consulta, acceso a la justicia y derecho a la co-responsabilidad. Esta normativa está ya transpuesta a la legislación española. La ley correspondiente es un buen instrumento, también para la acción sindical, porque permite a los sindicatos y a los representantes de los trabajadores recabar de las administraciones toda la información disponible de las empresas, que no es poca, especialmente de las 7.000 instalaciones afectadas por la Ley de Prevención y Control Integrado de la Contaminación, que tienen que informar puntualmente de su emisiones, vertidos y residuos.

El derecho a la información ambiental de los trabajadores tiene fundamento sólido en la propia Constitución Española, que establece en su artículo 45:“Todos tienen el derecho y el deber de disfrutar de un medio ambiente adecuado, así como el deber de conservarlo”, y en el 129:“Los poderes públicos promoverán eficazmente las diversas formas de participación en la empresa...”. El sistema europeo de gestión ambiental conocido como EMAS incluye esta participación.

Disponemos ya de amplios derechos de representación y de importantes competencias y facultades para la prevención de los riesgos que afectan a nuestra salud, en muchas ocasiones asociados a los riesgos medioambientales, pero todavía no para estos últimos de una manera específica.


Convenios
A lo largo de los últimos años venimos obteniendo, sin embargo, avances significativos a través de acuerdos sectoriales y de los convenios colectivos, con cláusulas que reconocen expresamente dichos derechos. Es el caso de los acuerdos en el sector cementero o en el sector autonómico de la Comunidad de Madrid, también del convenio de Michelin y, sobre todo, del Convenio General de la Química, en el que se establece la figura de los delegados medioambientales, que podrán ser nombrados en cada centro de trabajo con presencia de los sindicatos firmantes del convenio.

Otro tipo de acuerdos se están multiplicando en los últimos años. Son los que se refieren a la movilidad de los trabajadores, del domicilio al lugar de trabajo y del lugar de trabajo al domicilio, traslados que suponen no sólo demasiadas emisiones de CO2 y demasiada contaminación para los ciudadanos, sino también demasiados accidentes mortales para los trabajadores y demasiadas pérdidas de tiempo, de salud y de dinero. Aunque estos acuerdos –que están logrando magníficos resultados para los trabajadores y las empresas– sólo podrán generalizarse adecuadamente con la promulgación de una ley de movilidad sostenible. Dicha ley debe establecer, entre otras medidas, planes para que las empresas logren reducir las terribles tasas de siniestralidad laboral in itinere, que suman 400 muertes anuales, y los accidentes de tráfico in misión –en jornada de trabajo–, que producen el 24% de las muertes en accidente durante el trabajo.

Entre los acuerdos alcanzados, especial importancia tienen las mesas de diálogo social para el cumplimiento del Protocolo de Kioto, de carácter tripartito, que permiten garantizar la participación de las organizaciones sindicales y empresariales en la elaboración y seguimiento del Plan Nacional de Asignación de derechos de emisión de CO2. Estas mesas, creadas por acuerdo entre las partes, se componen de una mesa general y siete mesas específicas por cada uno de los sectores afectados por la Directiva Europea de Comercio de Emisiones y están suponiendo un valiosísimo instrumento para encauzar la información y el necesario diálogo social para que la reducción de emisiones se haga de manera efectiva, pero sin afectar negativamente a la competitividad, el empleo o la cohesión social. La experiencia está siendo tan positiva que recientemente se ha creado una octava mesa para los sectores no incluidos en la directiva, que permitirá a los agentes sociales contribuir a la reducción de emisiones también en los llamados sectores difusos como el transporte, los edificios administrativos o los comercios. Iniciativas como ésta, avaladas en el ámbito internacional, han sido posibles gracias al compromiso de colaboración medioambiental que los secretarios generales de Comisiones Obreras y la Unión General de Trabajadores suscribimos con la ministra de Medio Ambiente en mayo de 2004 al inicio de la legislatura y que ha permitido una intensa colaboración en todas las materias contempladas en aquel compromiso.


El I Encuentro de Delegados y Delegadas de Medio Ambiente de CCOO,celebrado el pasado 10 de octubre,sirvió para poner en común las experiencias acumuladas y manifestar nuestro compromiso en la promoción de la responsabilidad ambiental en las empresas y la adaptación de éstas y de nuestro sistema productivo para el mejor cumplimiento de las obligaciones europeas en materia de cambio climático, en prevención y control integrados de la contaminación y en relación con el registro, evaluación y autorización de las sustancias químicas.

Desde CCOO reclamamos de los gobiernos europeos que la elaboración y aplicación de estrategias de desarrollo sostenible en el ámbito estatal, autonómico, local y sectorial, cuenten con la participación sindical. Sólo así conseguiremos transformar nuestro modelo productivo y hacerlo más sostenible.

José María Fidalgo
Secretario general de Comisiones Obreras

COMENTARIOS

ESCRIBE TU COMENTARIO

      

    Introduce el siguiente código captcha o uno nuevo.