La ley obliga

Revisión de las Autorizaciones Ambientales Integradas.
Por Antonio Ferrer. Grupo de Producción Limpia de ISTAS

Las Autorizaciones Ambientales Integradas (AAI) deberán ser revisadas antes de enero de 2014 para adaptarse a las nuevas obligaciones establecidas en la Directiva 2010/75/UE de Emisiones Industriales.

La aplicación de la directiva de emisiones industriales (DEI)1 implica que las Autorizaciones Ambientales Integradas (AAI) deberán revisarse  antes de enero de 20142 , a fin de que éstas se ajusten a las nuevas obligaciones contenidas en la citada norma.

En este sentido, la DEI introduce una serie de cambios en los procesos de solicitud, otorgamiento y revisión de las AAI, así como en las condiciones a establecer en las mismas.

El hecho más relevante es que se refuerza el proceso de determinación y aplicación de las Mejores Técnicas Disponibles a la hora de conceder o revisar los permisos, estableciendo que los Valores Límites de Emisión (VLE) no deben superar los límites asociados a las MTD.

Ello obedece a las deficiencias detectadas en la aplicación de la normativa IPPC (Prevención y Control Integrado de la Contaminación), en particular la insuficiente repercusión y aplicación de las mejores técnicas disponibles en los permisos otorgados a las instalaciones afectadas.

Por ello, en el proceso de revisión de su permiso, el titular de la instalación deberá presentar toda la información necesaria que permita comparar el funcionamiento de sus instalación con las Mejores Técnicas Disponibles y los Valores Límites de Emisión asociados que le fueran de aplicación.

Sólo en casos muy específicos las condiciones que se vayan a fijar en la AAI se podrán apartar de las MTD y de los VLE asociados a las mismas, estableciendo otros menos estrictos.

Esta desviación sobre las MTD aplicables y sus VLE asociados solo será posible si se demuestra mediante una evaluación que la consecución de estos valores daría lugar a costes desproporcionadamente más elevados en comparación con el beneficio ambiental obtenido, debido a la ubicación geográfica o situación del entorno local donde esté ubicada la instalación y a las características técnicas de la instalación.

imagen1

Una obligación nueva para los titulares de las instalaciones IPPC es que, en el supuesto de en las mismas se usen, produzcan o emitan sustancias peligrosas relevantes, y teniendo en cuenta la posibilidad de contaminación del suelo y aguas subterráneas del emplazamiento, deberán presentar un informe de situación de partida que contenga la información pertinente para determinar el estado del suelo y de las aguas subterráneas y poder así compararlo con el estado de estos elementos tras el cese definitivo de las actividades.

Para estos supuestos, la AAI deberá contener los requisitos para la monitorización periódica del suelo (10 años) y aguas subterráneas (5 años).

Posteriores revisiones y actualizaciones de la AAI

La DEI establece que la renovación y actualización de los permisos se llevará a cabo en un plazo de cuatro años desde que se revisen los Documentos de Referencia sobre Mejores Técnicas Disponibles (MTD) y se publiquen las decisiones sobre las conclusiones MTD.

Esto implicará la supresión del plazo máximo de vigencia de las AAI, establecido en ocho años por la Ley 16/2002 de prevención y control integrados de la contaminación.

Presumiblemente, el plazo de revisión y actualización de las AAI será superior a los ocho años actuales. La Comisión Europea estima que el plazo medio de esta revisión se situará en los diez años, aunque si se tiene en cuenta cuál está siendo la duración de los procesos de revisión de los diferentes Documentos MTD en vigor (el proceso de revisión de los que fueron adoptados en el año 2001 todavía no ha concluido, por ejemplo) este plazo parece ser poco realista.

Información pública relacionada con la AAI

La directiva de emisiones industriales también establece nuevas obligaciones en relación con la información sobre el proceso de otorgamiento y revisión de las AAI que se debe poner a disposición del público.

En este sentido, las CCAA deberán facilitar el acceso, al menos a través de internet, al contenido íntegro de la resolución, incluida la copia de la AAI y de sus actualizaciones posteriores. Cabe aquí recordar que en algunas comunidades autónomas no es posible acceder, a través de internet, al contenido de las AAI (por ejemplo en la Comunidad de Madrid).

En el supuesto de que en la AAI se establezcan VLE menos estrictos de los asociados a las MTD aplicables a la instalación, la autoridad competente deberá justificar y documentar la decisión adoptada y poner a disposición del público esta información.

Además, la autoridad competente deberá facilitar una memoria que incluya los motivos y consideraciones en los que se basa la resolución administrativa, incluyendo la información relativa al proceso de información pública y cómo se han tenido en consideración los resultados de este proceso.

 

 

[1] La Directiva de Emisiones Industriales  deberá estar traspuesta al ordenamiento interno de los Estados Miembros   antes del 7 de enero de 2013.

[2] Las AAI otorgadas a las  grandes instalaciones de combustión deberán ser revisadas antes de enero de 2016.

ÁREAS TEMÁTICAS

COMENTARIOS

  • 23/07/2012 14:56, pedro
    HAY TANTAS Y TANTAS COSAS como quitan la cafeina del cafe?es con amoniaco AFECTA A LA VISTA Y OTROS ORGANOS A LA LARGAY EN LOS GEL DE DUCHA ( ALGUNOS ) A LA PIEL

ESCRIBE TU COMENTARIO

      

    Introduce el siguiente código captcha o uno nuevo.