Accidentes mayores en industrias

Especial legislación/Prevención de accidentes mayores.

Síntesis de los RD 886/88 y 952/90 sobre Prevención de accidentes mayores

A partir del accidente de Seveso se empezó a tomar conciencia en la Comunidad Europea de los riesgos de accidentes en las industrias químicas. Esto se plasmó en la aprobación de la Directiva 2/501/CEE, de 24 de junio de 1982, relativa a los riesgos de accidentes graves en determinadas actividades industriales, que fue posteriormente modificada por la 87/216/- CEE y la 88/610/CEE. Esta normativa, más conocida como la «Directiva Seveso», pretendía la prevención de los accidentes y la limitación de sus consecuencias mediante la existencia de planes de emergencia interiores y exteriores en las instalaciones con riesgo de accidentes mayores. Más recientemente se ha aprobado la Directiva 96/82/CE, de 9 de diciembre, que modifica a las anteriores, mejora alguno de los procedimientos para los planes de emergencia o los sistemas de inspecciones y amplía la lista de sustancias afectadas.

La trasposición al Estado español de aquellas Directivas con sus respectivas modificaciones (R.D. 886/1988 y R.D. 952/1990) obliga a las industrias con riesgo de accidentes mayores a prevenir los accidentes, declarar sus riesgos y tener establecidos planes de emergencia interior en caso de accidente. Los planes de emergencia exterior han de ser elaborados por la Comunidades Autónomas y puestos en práctica por el Gobierno Civil. En su elaboración, aprobación y puesta en práctica han de colaborar los Ayuntamientos, los responsables de las industrias y de las Comunidades Autónomas, así como el Gobierno Civil. Finalmente la población ha de ser convenientemente informada del riesgo de las industrias cuyos accidentes pudiera afectarle, de las medidas de protección y de los planes de emergencia que deben seguirse.

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Esta normativa no garantiza que no se produzcan accidentes, ni previene, por tanto, los riesgos, sino que sólo ayuda, si se cumple, a protegerse de los mismos. La normativa deja fuera, además, muchos tipos de industrias que poseen riesgos significativos para los trabajadores, para los ciudadanos y para el medio ambiente. De hecho, muchos de los accidentes graves en instalaciones industriales que han sido conocidos por la opinión pública en los últimos años no estaban sometidos a esta legislación que estamos comentando (ver artículos sobre este tema en los DAPHNIA nº 2 y nº 7).

ANEXO

Directivas:

  • Directiva 82/501/CEE, de 24 de junio, relativa a los riesgos de accidentes graves en determinadas actividades industriales.
  • Directiva 87/216/CEE, de 19 de marzo, que modifica la anterior.
  • Directiva 88/610/CEE, de 24 de noviembre, que modifica la anterior.
  • Directiva 96/82/CE, de 9 de diciembre, que modifica la anterior.

Legislación Estatal:

  • Real Decreto 886/88, de 15 de julio, sobre prevención de accidentes mayores en determinadas actividades industriales.
  • Real Decreto 952/90, de 29 de junio, que modifica la anterior.
  • Real Decreto 407/92, de 24 de abril, por el que se aprueba la norma básica de Protección Civil.

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