La aplicación de la normativa IPPC en España, a paso de tortuga

El proceso de aplicación de la normativa IPPC en España presenta serios problemas y deficiencias que ponen en riesgo el cumplimiento de los plazos establecidos en la norma y la consecución de los objetivos marcados en la misma

La aplicación y cumplimiento dela IPPC se debería ver como una oportunidad para mejorar la competitividad del tejido industrial

Su correcta aplicación se debería ver como una oportunidad para mejorar el tejido industrial español y garantizar su sostenibilidad en el tiempo, ya que las potencialidades que presenta esta normativa para avanzar hacia modelos de producción sostenibles, así como en la mejora del medio ambiente que nos rodea, son muy elevadas. Por ello es de lamentar que no se estén haciendo todos los esfuerzos necesarios para ello.

La Directiva 96/61/CE para la Prevención y el Control Integrados de la Contaminación -conocida como la Directiva IPPC en sus siglas en inglés - y traspuesta al ordenamiento jurídico español a través de la Ley 16/2002, tiene como objetivo principal el de alcanzar una elevada protección del medio ambiente en su conjunto, mediante el establecimiento de un sistema que prevenga y controle la contaminación industrial.

Las instalaciones afectadas deberán haber obtenido la Autorización Ambiental Integrada (AAI) antes del 30 de octubre de este año para poder seguir desarrollando su actividad. Habrá sido necesario previamente que hayan acreditado y documentado en la solicitud de la AAI una serie de aspectos relacionados con tal actividad y su incidencia ambiental y que se ajusten al contenido que se establezca en la citada autorización ambiental. La AAI debe incluir, entre otros elementos, los valores límite de emisión autorizados para la instalación en cuestión, así como otra serie de prescripciones que garanticen, en su caso, la protección del agua y del suelo, los procedimientos de gestión de los residuos generados y los sistemas y procedimientos para el control de las emisiones y ruidos.

Instalaciones afectadas

Las instalaciones afectadas en España por la IPPC, según el Registro EPER (Registro Estatal de fuentes y emisiones contaminantes de las instalaciones IPPC)- España, son 4.9491. Si atendemos a las categorías de actividades e instalaciones afectadas, las explotaciones ganaderas y la industria agroalimentaria son las que presentan mayor número de instalaciones, con el 53% del total, seguidas de las industrias minerales (fabricación de cemento, ladrillos, cerámicas, etc), con el 14% del 8 total y las actividades de producción y transformación de metales, que representan el 12%.

Situación actual del proceso

La Ley 16/2002 establecía como fecha límite para la presentación de solicitudes de la Autorización Ambiental Integrada el 1 de enero de 2007. Los datos de los que disponemos muestran que, a esta fecha, se han presentado cerca del 90% de las solicitudes pertinentes. No obstante, la gran mayoría de las mismas han sido registradas en los últimos meses del año, con un gran volumen de presentaciones en el mes de diciembre. Es decir, a pesar de haber dispuesto de un amplio margen de tiempo para adecuar las instalaciones y preparar y presentar las solicitudes de AAI ( más de cuatro años desde que se aprobó la Ley 16/2002 y 10 años desde que se aprobó la Directiva IPPC) una gran mayoría de los titulares de las instalaciones afectadas han optado por presentarlas en los dos últimos años del proceso, fundamentalmente en este último.

En lo que respecta al número de AAI otorgadas, a principios de marzo de 2007 se han concedido 1398, lo que representa, aproximadamente, un 29% del total.

Si tenemos en cuenta que la fecha límite para otorgar todas las AAI es el 30 de octubre de 2007, como recientemente acaba de recordar la Comisión Europea al Ministerio de Medio Ambiente, las administraciónes autonómicas van a tener que tramitar y resolver más de 3.500 solicitudes en un plazo de siete meses. Este panorama genera dudas razonables acerca del cumplimiento en fecha, máxime cuando el plazo medio de tramitación de las AAI concedidas hasta el momento oscilaba entre los trece y los quince meses, y eso que el número de expedientes era sensiblemente inferior al que van a tener que gestionar en esta fase final del proceso.

Principales dificultades del proceso

Entre las razones que explican las dificultades para cumplir con los plazos previstos en la ley para la concesión de las autorizaciones es necesario destacar las siguientes:

  • La insuficiente dotación de medios y recursos de la Administración autonómica para acometer el complejo procedimiento técnico y jurídico.
  • La acumulación de solicitudes de AAI en los últimos meses del plazo establecido para ello.
  • La deficiente calidad de los documentos técnicos presentados por los titulares de las instalaciones afectadas en sus solicitudes, lo que dilata el proceso ya que obliga a la Administración a pedir información adicional para completar la información recibida.  
  • Las dificultades de la Administración para integrar y coordinar la información y los distintos datos recabados, con el fin de obtener una visión integral de los impactos de las instalaciones, tal y como determina la normativa. Por su parte, los empresarios justifican la demora en las presentaciones de solicitudes en base a:
  • La ausencia de criterios uniformes, de experiencias y métodos de ayuda por parte de la Administración autonómica.
  • La necesidad de homogeneizar los criterios de aplicación y procedimientos administrativos en las comunidades autónomas.
  • La deficiente promoción e información sobre el proceso por parte de la Administración.
  • Los costes estructurales y de administración de una AAI

Valores límite de emisión

Uno de los pilares para la prevención y el control de la contaminación es el establecimiento en la AAI de unos valores límite de emisión (VLE) para cada instalación afectada. Sin embargo, en una mayoría de las autorizaciones otorgadas hasta el momento, la determinación de los mismos no se está ajustando a lo establecido en la IPPC. Los valores límite de emisión se estarían fijando a partir de la normativa sectorial correspondiente, obviando, en mayor o menor medida, el resto de condicionantes fijados en la norma (mejores técnicas disponibles, condiciones del medio ambiente local, etc.). Apenas se ha avanzado en una metodología de integración de variables y la caracterización concreta del medio ambiente local está, en muchas ocasiones, poco o nada definida, debido a la ausencia de estudios e indicadores ambientales. Si la determinación de los valores límite de emisión se realiza únicamente en función de los valores establecidos en las normativas sectoriales de referencia, la AAI será una mera integración de permisos ambientales, obviando el verdadero objetivo pretendido con la misma.

Un mayor esfuerzo

El proceso de aplicación de la normativa IPPC en España presenta serias deficiencias y dificultades que ponen en riesgo no sólo el cumplimiento de los plazos establecidos en la norma, sino la propia consecución de los objetivos pretendidos con la misma. Por ello, es necesario un mayor esfuerzo por parte de todos los sujetos implicados en el proceso en aspectos tales como una mayor dotación de medios humanos en el seno de la Administración, en el desarrollo de metodologías para la correcta determinación de los valores límite de emisión, en la aplicación e incorporación de las mejores técnicas disponibles a las instalaciones afectadas y en el desarrollo de estudios e indicadores del medio ambiente local.

Las potencialidades que presenta la IPPC para avanzar hacia modelos de producción sostenible y en la mejora del medio ambiente que nos rodea son muy elevadas. Por ello, su aplicación y cumplimiento se debería ver como una oportunidad para mejorar la competitividad del tejido industrial español y garantizar su sostenibilidad en el tiempo.

Antonio Ferrer.

ISTAS aferrer@istas.ccoo.es

Notas:1.- El dato oficial de instalaciones afectadas por la IPPC comunicado a la Comisión Europea en marzo de este año es de 4829.2.- A finales del año 2005 la cifra de presentación de solicitudes era, aproximadamente, de un 25% del total.

 

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