La mayoría de las sustancias químicas peligrosas, registradas

La situación de descontrol y desconocimiento sobre las sustancias químicas que se comercializan en Europa comienza a enmendarse gracias a los procesos de Registro del Reglamento REACH1 y de notificación de la clasificación y etiquetado de las sustancias peligrosas según el Reglamento CLP2.

El proceso de registro de REACH obliga a las empresas fabricantes e importadoras de sustancias químicas en más de 1 tonelada al año a registrar dichas sustancias para que puedan seguir en el mercado europeo. Este proceso incrementará la información existente sobre las sustancias químicas y sus riesgos asociados y la transmitirá a usuarios y consumidores, dependiendo del tonelaje fabricado o importado y de la toxicidad de las sustancias: cuanto mayor sea el tonelaje, más información debe presentarse.

El 30 de noviembre de 2010 finalizó el primer periodo de registro para las sustancias más preocupantes (las de volúmenes iguales o superiores a 1.000 toneladas/ año, las cancerígenas, mutagénicas o tóxicas para la reproducción y las peligrosas para el medio ambiente). A partir de este momento, está prohibido fabricar o importar cualquier sustancia de este grupo que no haya sido registrada.

Una vez finalizado este primer registro, se registraron 4.300 sustancias, el 90% de las cuales se fabrican o importan en cantidades superiores a 1.000 toneladas al año.

Aproximadamente, el 86 % de los registros fueron realizados por grandes empresas, y la mayoría proceden de empresas con sede en Alemania, el Reino Unido, Países Bajos, Francia, Bélgica y España.

Por otro lado, el Reglamento CLP sobre clasificación, etiquetado y envasado de sustancias y mezclas químicas, establece que cualquier fabricante o importador debe notificar a la Agencia Europea de Sustancias Químicas (ECHA) la clasificación y etiquetado de las sustancias que introducen en el mercado, que sean peligrosas o que estén sujetas a registro en virtud del Reglamento REACH3, independientemente de su tonelaje, en el plazo de un mes de su puesta en el mercado de la UE.

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CLP aporta nuevas normas uniformes de comunicación en términos de clasificación, etiquetado y envasado de sustancias y mezclas peligrosas, lo que afectará principalmente al contenido y la forma de la información proporcionada en las etiquetas y fichas de datos de seguridad. La industria deberá establecer los peligros de las sustancias y mezclas antes de su comercialización y clasificarlas de acuerdo con los peligros identificados. En el caso de que la clasificación y el etiquetado no sean homogéneos entre las diferentes empresas, éstas están obligadas a armonizarlas.

Fuera de plazo

El plazo establecido para que todas las empresas notificasen la clasificación y etiquetado de sustancias peligrosas existentes finalizó el 3 de enero del 2011. Se han notificado a la ECHA la clasificación y el etiquetado de 107 067 sustancias, es decir, existen en el mercado europeo más de 100.000 sustancias clasificadas como peligrosas. De hecho, han sido clasificadas 400 sustancias como carcinógenas, mutágenas o tóxicas para la reproducción (CMR) y 177 como R50/53, muy tóxico para los organismos acuáticos. No se incluyen en estas cifras las sustancias que se han auto-clasificado.

La ECHA debe ahora comenzar a analizar la información presentada -junto con los expedientes de registro enviados a través de REACH- e identificar si existen divergencias en la clasificación y etiquetado notificados por otras empresas para la misma sustancia y obligarlas a acordar una nomenclatura común.


Una de las mayores oportunidades que ofrecen los reglamentos REACH y CLP para mejorar la protección de los trabajadores, los ciudadanos y el medio ambiente frente a los riesgos ocasionados por las sustancias químicas, es la mejora de la información disponible sobre sus características tóxicas y peligrosas, sus usos, exposición, etc.

Por ello, la agencia debe publicar en su web de forma gratuita, toda la información disponible para las sustancias registradas y notificadas.

Sin embargo, la ECHA sólo ha hecho público un listado de 440 sustancias registradas (de las 4.300), que está lejos de cumplir con las obligaciones del REACH, ya que dicha información es insuficiente, incorrecta e incompleta. A pesar de que sólo el 5% de los expedientes de registro solicitaban confidencialidad de datos, la agencia, de momento, ocultan información indispensable para gestionar los riesgos químicos, como los volúmenes de producción, los procesos tecnológicos, escenarios de exposición o los nombres de las empresas obligadas a registrar.

La Agencia deberá publicar además el inventario de las sustancias notificadas con información básica sobre clasificación y etiquetado notificados y los armonizados a nivel europeo4, que estará disponible previsiblemente en la primavera/verano de 2011.

La publicación del inventario de clasificación y etiquetado mejorará la seguridad para todos aquellos que manejan productos químicos y les permitirá elegir los que sean menos peligrosos, al proporcionar información actualizada sobre todas las sustancias peligrosas que se encuentran en el mercado de la UE hoy en día.

Tatiana Santos
Área de Riesgo Químico de ISTAS

1. Reglamento (CE) nº 907/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de diciembre de 2006, relativo al registro, la evaluación, la autorización y la restricción de las sustancias y preparados químicos.
2. Reglamento (CE) No 1272/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo de 16 de diciembre de 2008 sobre clasificación, etiquetado y envasado de sustancias y mezclas.
3. Para las sustancias que se registren antes del 30 de noviembre de 2010, la notificación fue parte del expediente de registro.
4. Clasificaciones obligatorias a nivel comunitario.

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