La Comisión aprueba un paquete de medidas para hacer frente al cambio climático

La Comisión Europea presentó el pasado 23 de enero un paquete de medidas para hacer frente al cambio climático que ahora tiene que refrendar el Parlamento y el Consejo Europeo. Entre estas medidas, hay que valorar el apoyo a las energías renovables, que deberán representar el 20% de la energía consumida en la UE en 2020. La Comisión propone también un compromiso de reducción de las emisiones de efecto invernadero del 20% en 2020 respecto a 1990, una reducción que podría ser del 30% en caso de que se alcanzase un acuerdo internacional

 

Al tomar como año base 2005, en el que Europa ya había reducido un 6% las emisiones respecto a 1990, el nuevo reparto establece una reducción global de las emisiones del 14% entre 2005 y 2020. Ésta se distribuye de manera diferente para los sectores difusos (transporte y residencial), que deberán reducir el 10% respecto a 2005, y los sectores industriales contemplados en la Directiva de Comercio de Emisiones, que tendrán que reducir un 21%.


La reforma del sistema de comercio de emisiones de los sectores industriales –tal y como había demandado la Confederación Europea de Sindicatos (CES) y CCOO– mejora sustancialmente a partir de 2013:

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  1. Se armoniza la asignación de los derechos de emisión para todos los países de la Unión Europea y ya no dependerá de cada Gobierno, lo que provocaba que algunas empresas se viesen beneficiadas y otras perjudicadas sin motivo suficiente.


  2. Hasta 2013, las emisiones se reparten gratuitamente. A partir de esa fecha el reparto se realizará progresivamente mediante subasta, con lo que se podrá evitar el efecto perverso de que algunas empresas puedan beneficiarse con la venta de estos derechos sin realizar el esfuerzo de reducción correspondiente. Además, el 20% de los beneficios de la subasta que obtenga cada Estado miembro se destinará íntegramente a actuar contra el cambio climático y, entre otros fines, a compensar los posibles impactos sociales de esta directiva. En este sentido, CCOO demanda que dentro de estas ayudas se incluya a los trabajadores de las empresas más vulnerables.

  3. Se incluyen nuevos sectores –el químico y el aluminio– y otros gases –el metano y los perfluorocarbonados–, y las empresas de pequeño tamaño que puedan reducir sus emisiones por otra vía quedan fuera de la directiva, de lo que en España se podría beneficiar el sector cerámico.

Las medidas contemplan también que las energías renovables aporten en 2020 el 20% de la energía final, lo que supondrá un estímulo para un empleo de calidad y para fortalecer la independencia energética de Europa.

En cuanto a la promoción de los biocarburantes –la UE se ha fijado el objetivo de que represente el 10% del combustible utilizado por el transporte en 2020–, se establecen unas medidas cautelares que aseguren la sostenibilidad en la producción, que van en la buena dirección, y un procedimiento para la verificación de dichas medidas.

La elección de 2005 como año base por parte de la Comisión Europea supone objetivos de reducción para España menos ambiciosos que los actuales, al ser el año de mayor emisión de gases de efecto invernadero de toda su historia (un 52% superior a 1990). Habrá que analizar los efectos de este cambio, en particular, en lo que se refiere a la diferente
asignación al sector industrial y a los sectores difusos, ya que mientras el primero estaba por debajo del 52%, los sectores difusos habían incrementado sus emisiones muy por encima de ese porcentaje. En cualquier caso, España debería estar en condiciones de conseguir objetivos más altos de reducción en los sectores difusos.

Respecto a las energías renovables, España puede superar el 20% asignado por Europa, lo que no sólo sería deseable desde el punto de vista social y ambiental –ya que las energías renovables están creando empleo industrial– sino también imprescindible si la economía española quiere desempeñar un liderazgo en el campo de las energías renovables en Europa y en el mundo.

Ana Belén Sánchez
absanchez@istas.ccoo.es

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